Introducción
El personal jurisdiccional en su conjunto se enfrenta a dos grandes desafíos al impartir justicia en casos relacionados con orientación sexual, expresión e identidad de género y va – riaciones en caracteres sexuales (OSICGS).
Primero, existe una brecha entre lo establecido en la normatividad vigente a nivel internacional, nacional y local en la materia, y la forma en la que las y los operadores jurídicos implementan los derechos y obligaciones que consagran. Las razones de este desajus – te pueden ser por diversos factores, pero se ha determinado que el motivo principal es que la efectividad de las leyes y el logro de sus objetivos y metas es reducida.En segundo lugar, estas comunidades que han sido histórica y estructuralmente desatendidas pueden tener dificultades para acceder a la justicia a través de los tribunales y otras vías legales. Las experiencias vividas por estas poblaciones a menudo las hacen reacias a participar en los sistemas legales y de justicia. No tienen confianza en que estos sean capaces de satisfacer sus necesidades de manera adecuada y libre de discriminación o, por otro lado, no cuentan con medios de información y/o medios económicos para interpelar al sistema de justicia. Los mitos y estereotipos sobre las personas dentro de la comunidad de la diversidad sexual, de género y de caracteres sexuales a menudo impulsan decisiones en la política gubernamental y llegan a impedir el cambio social a favor de la diversidad. Por el contrario, la investigación puede aportar datos reales sobre si el comportamiento de alguien está causando daño a la sociedad, a las instituciones gubernamentales o sociales o de forma individual. El análisis de datos es crucial para la educación judicial y policial (Browe r, 2015). La confluencia de ambas perspectivas se produce al menos de dos maneras. En primer lugar, la gente a menudo ve a las personas LGBTQ+
y los problemas legales bajo una mirada imprecisa. Suelen pasar por alto los estándares relevantes, las decisiones judiciales y las herramientas análogas que emplearían en otras situaciones (Brower, 2009: 18). Por ejemplo, personas juezas y policías que ven casos de violencia doméstica, a menudo tienen que superar el estereotipo de que, en situaciones de parejas del mismo sexo, no hay necesidad de intervenir. Pueden creer que la pareja violentada tiene la misma capacidad para defenderse, que se debe castigar tanto a la víctima como a la persona perpetradora, o bien, que las leyes sobre violencia doméstica no se aplican a las parejas del mismo sexo (Elliot, 1996).Por otra parte, a veces las personas juezas y fiscales sienten incomodidad hacia las personas LGBTQ+ y sus problemas o temen que la educación sobre el tema se centre en demostrar que tienen prejuicios y tratan conscientemente a esa pobla – ción de manera injusta debido a estos. Si bien eso puede ser cierto en algunos casos, la investigación sobre neurociencia y el sesgo implícito demuestra que los seres humanos están programados neurológicamente para buscar patrones y per – mitirse atajos mentales que, a menudo, se basan en el pensa – miento esquemático o los estereotipos (Rumelhart, 1984: 166). Los datos empíricos y la reflexión consciente de esos proce – sos de pensamiento pueden ayudar a combatir ese compor – tamiento aprendido. Además, al educarles sobre la realidad de las personas LGBTQ+ y sus vidas, el personal del Poder Judicial, encargado de hacer cumplir la ley, puede reconocer las suposiciones erróneas que subyacen a sus decisiones y puede corregir su forma de pensar y mejorar las decisiones que toman (cf. Kang y Banaji, 2006). Así, el personal judicial pue – de aprender a interactuar de manera más adecuada con las personas LGBTQ+ en sus tribunales y mejorar la calidad de esas interacciones. Como resultado de esta investigación, presentamos aquí un informe que sirve de base para diseñar un programa de sen – sibilización judicial respaldado con evidencia empírica. Este programa se centra en temas de orientación sexual e identi – dad y expresión de género. Tanto el informe como el progra – ma de sensibilización se basan en los estándares nacionales e internacionales en la materia y en las mejores prácticas in – ternacionales.